Ley 26.891

Artículo 1Jujuy, Capital Nacional de la Pachamama

Texto oficial

Declárase Capital Nacional de la Pachamama a la provincia de Jujuy, en carácter de sede permanente del culto andino.

Qué significa en la práctica

Declara a la provincia de Jujuy 'Capital Nacional de la Pachamama', en carácter de sede permanente del culto andino a la Madre Tierra. Es una distinción honorífica que reconoce el arraigo de esa celebración en la provincia.

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