Ley 26.895

Artículo 21Cancelación de deuda con organismos internacionales

Texto oficial

Facúltase al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto a cancelar la deuda con organismos internacionales de los que la Nación forme parte, por períodos anteriores al año 2014, por la suma de pesos trece millones doscientos diecisiete mil ($ 13.217.000). Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las adecuaciones presupuestarias a que dé lugar el presente artículo.

Qué significa en la práctica

Faculta a la Cancillería a cancelar deudas con organismos internacionales por períodos anteriores a 2014 por $13.217.000, y al Jefe de Gabinete a hacer las adecuaciones presupuestarias.

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