Ley 26.916

Artículo 1Autorización de entrada de tropas extranjeras y salida de fuerzas nacionales

Texto oficial

Autorízase la entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida fuera de él de fuerzas nacionales, según corresponda, para que participen del programa de ejercitaciones combinadas desde el 1° de septiembre de 2013 hasta el 31 de agosto de 2014, de acuerdo a la información detallada en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI y XXII que forman parte integrante de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Autoriza la entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida fuera de él de fuerzas argentinas, según corresponda, para que participen del programa de ejercitaciones militares combinadas desde el 1° de septiembre de 2013 hasta el 31 de agosto de 2014. El detalle de cada ejercicio figura en los Anexos I a XXII, que integran la ley. (Nota: esos 22 anexos —que describen cada ejercitación combinada: denominación, país participante, tipo de ejercicio, efectivos y fechas— se publican en la edición web del Boletín Oficial y no se reproducen en el texto difundido por InfoLeg.)

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