Ley 26.917

Artículo 5Objetivos del Sistema

Texto oficial

Son objetivos del Sistema: a. Establecer y asegurar la ejecución de políticas y planes estratégicos en relación a la gestión de la información y el conocimiento en el sistema educativo, enmarcados dentro de las políticas públicas y planes federales de desarrollo económico, cultural, técnico y científico para contribuir a su fortalecimiento. b. Promover junto a las jurisdicciones acciones tendientes a integrar a las diversas unidades de información en redes y subredes a nivel local, regional y nacional, para ampliar sus recursos mediante el intercambio de producciones y servicios cooperativos. c. Favorecer la integración, sistematización, conservación, resguardo legal, defensa y difusión del patrimonio educativo. d. Impulsar, fomentar y optimizar el desarrollo permanente de los servicios bibliotecarios, archivísticos, museográficos e informativos, atendiendo a la diversidad cultural y lingüística de las distintas comunidades que conforman el sistema educativo. e. Promover líneas de acción institucionales orientadas a favorecer la lectura crítica y reflexiva en las unidades de información de cada comunidad educativa, como modo de comprensión de su realidad pasada y presente a nivel individual, social y cultural, en coordinación con los planes de lectura nacionales y jurisdiccionales. f. Generar acciones tendientes a ampliar y profundizar las competencias para la búsqueda, uso, conocimiento, evaluación y producción de la información en distintos formatos y soportes, así como la de comprensión lectora integral. g. Promover la gradual profesionalización y capacitación continua de los actores educativos involucrados en la gestión de las unidades de información mencionadas. h. Fomentar y promover políticas sostenibles para la formación de los acervos analógicos y digitales con colecciones pertinentes a cada unidad de información. i. Favorecer la normalización de los procesamientos técnicos de los materiales de acuerdo a normas y estándares nacionales e internacionales, que permitan la integración en redes federales, regionales e internacionales de las unidades de información mencionadas en la presente ley. j. Preservar y organizar la documentación educativa cualitativa, cuantitativa y de carácter legal, nacional y extranjera, para cumplir con las exigencias de un servicio especializado de asesoramiento documental a los organismos que tienen a cargo la conducción y la investigación de la educación en los distintos niveles.

Qué significa en la práctica

Enumera los objetivos (incisos a a j): fijar políticas y planes de gestión de la información y el conocimiento; integrar las unidades de información en redes locales, regionales y nacionales; conservar y difundir el patrimonio educativo; optimizar los servicios bibliotecarios, archivísticos y museográficos atendiendo a la diversidad cultural y lingüística; promover la lectura crítica; desarrollar competencias de búsqueda, uso y producción de información; profesionalizar y capacitar a los actores educativos; formar acervos analógicos y digitales; normalizar los procesamientos técnicos según estándares nacionales e internacionales; y preservar la documentación educativa.

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