La debe promover ante los organismos pertinentes, la adopción de planes y medidas que faciliten a las personas comprendidas en el artículo 1° de la presente ley, el acceso a una adecuada vivienda o su adaptación a las exigencias que su condición les demande.
Qué significa en la práctica
La autoridad promueve planes que faciliten a los beneficiarios el acceso a una vivienda adecuada o su adaptación.