Transcurrido el
período de ciento ochenta (180) días corridos, y resueltas las
observaciones, se dispondrá la publicación en el Boletín Oficial de la
versión definitiva del Digesto Jurídico Argentino.
CAPITULO VI
Edición electrónica
Qué significa en la práctica
Transcurridos los 180 días y resueltas las observaciones, se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la versión definitiva del Digesto Jurídico Argentino.