Ley 26.940

Artículo 17Eliminacion del registro

Texto oficial

A solicitud de parte, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social emitirá un certificado en el cual se dejará constancia de la inexistencia, a la fecha de emisión, de sanciones en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) respecto de determinado empleador. Título II ( Nota Infoleg : por Art. 172 — Reforma Tributaria 2017 B.O. 29/12/2017, se deja sin efecto el Título II de la presente Ley, excepto por lo dispuesto en su artículo 33 y en los tres artículos anteriores . Vigencia: el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial) Regímenes Especiales de Promoción del Trabajo Registrado

Qué significa en la práctica

A solicitud de parte, el Ministerio de Trabajo elimina del REPSAL la sancion cumplida.

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