La presente ley
se implementará una vez que se cuente con el crédito presupuestario
para la atención del gasto que su objeto demande, el que se imputará a
las partidas presupuestarias del Poder Judicial de la Nación, del
Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa,
respectivamente.
Qué significa en la práctica
Condiciona la puesta en marcha a que exista crédito presupuestario para afrontar el gasto, imputándolo a las partidas del Poder Judicial de la Nación, del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa. Sin partida asignada, la ley no se implementa.