Ley 27.006

Artículo 2Aplicación a cargo de la Comisión Nacional de Monumentos

Texto oficial

La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente de la Secretaría de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Pone en cabeza de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente de la Secretaría de Cultura de la Nación, la instrumentación de todo lo necesario para que la declaración se haga efectiva. Es el organismo que en la práctica administra el régimen de protección del edificio.

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