Ley 27.008

Artículo 66Obras plurianuales de la Cancillería

Texto oficial

— Autorízase, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional —24.156— y sus modificaciones, la contratación de las obras que se indican en el párrafo siguiente, cuyo plazo de ejecución exceda el ejercicio financiero 2015, en el ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Obra denominada “Construcción Centro Cultural Embajada de Chile” por un monto de dólares estadounidenses doce millones ciento cincuenta y cuatro mil novecientos noventa y cinco (u$s 12.154.995). Obra denominada “Mejoramiento Integral de la Cuenca del Río Bermejo” por un monto de dólares estadounidenses cuarenta y cinco millones quinientos treinta mil (u$s 45.530.000). (Nota Infoleg: por Art. 64 — Ley 27.198 (Presupuesto 2016) B.O. 4/11/2015 se prorroga para el ejercicio 2016 lo dispuesto en el presente artículo)

Qué significa en la práctica

Autoriza, conforme al artículo 15 de la Ley de Administración Financiera 24.156, a contratar obras del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto cuya ejecución exceda 2015: la Construcción del Centro Cultural de la Embajada de Chile por u$s 12.154.995 y el Mejoramiento Integral de la Cuenca del Río Bermejo por u$s 45.530.000. InfoLeg deja constancia de que el Art. 64 — Ley 27.198 (Presupuesto 2016) prorrogó esta autorización para 2016.

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