— Autorízase, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional —24.156— y sus modificaciones, la contratación de las
obras que se indican en el párrafo siguiente, cuyo plazo de ejecución
exceda el ejercicio financiero 2015, en el ámbito del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto.
Obra denominada “Construcción Centro Cultural Embajada de Chile” por un
monto de dólares estadounidenses doce millones ciento cincuenta y
cuatro mil novecientos noventa y cinco (u$s 12.154.995). Obra
denominada “Mejoramiento Integral de la Cuenca del Río Bermejo” por un
monto de dólares estadounidenses cuarenta y cinco millones quinientos
treinta mil (u$s 45.530.000).
(Nota Infoleg: por Art. 64 — Ley 27.198 (Presupuesto 2016) B.O. 4/11/2015 se prorroga para el ejercicio 2016 lo dispuesto en el presente artículo)
Qué significa en la práctica
Autoriza, conforme al artículo 15 de la Ley de Administración Financiera 24.156, a contratar obras del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto cuya ejecución exceda 2015: la Construcción del Centro Cultural de la Embajada de Chile por u$s 12.154.995 y el Mejoramiento Integral de la Cuenca del Río Bermejo por u$s 45.530.000. InfoLeg deja constancia de que el Art. 64 — Ley 27.198 (Presupuesto 2016) prorrogó esta autorización para 2016.