Los recursos
necesarios para el cumplimiento de la presente ley, serán incluidos en
el Presupuesto General para la Administración Pública del próximo
ejercicio, con imputación a las partidas del Poder Judicial de la
Nación, del Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la
Defensa, respectivamente.
Qué significa en la práctica
Los recursos para cumplir la ley se incluirán en el Presupuesto General del ejercicio siguiente, imputados a las partidas del Poder Judicial de la Nación, del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa.