Ley 27.051

Artículo 26Reglamentación

Texto oficial

— La presente ley será reglamentada por el Poder Ejecutivo en el término de ciento ochenta (180) días desde su publicación en el Boletín Oficial.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo debe reglamentar la ley dentro de los ciento ochenta días desde su publicación en el Boletín Oficial.

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