Artículo 268Cierre de la investigación preparatoria
Texto oficial
Cierre de la investigación preparatoria. Practicadas las diligencias necesarias para la investigación del hecho punible y sus autores, cómplices o encubridores y para garantizar el , el representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL declarará cerrada la investigación preparatoria, y podrá:
a. Solicitar el ;
b. Acusar al .
Qué significa en la práctica
Practicadas las diligencias necesarias sobre el hecho y sus autores y para garantizar el , el fiscal declara cerrada la investigación preparatoria y puede solicitar el o acusar al .