Ley 27.063

Artículo 42Condiciones de la acción civil

Texto oficial

Acción civil (condiciones). Para ejercer la acción resarcitoria emergente del , su titular deberá constituirse como querellante y ejercerla contra el juntamente con la acción penal.

Qué significa en la práctica

Para reclamar la reparación del , su titular debe constituirse como querellante y ejercer la acción civil contra el junto con la acción penal.

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