Funciones.
El Instituto Nacional de las Artes Gráficas, como organismo rector del
fomento, promoción, preservación, archivo y difusión de las artes
gráficas argentinas, tiene las siguientes funciones:
a) Promover, fomentar y estimular el desarrollo de las artes gráficas
en todo el territorio de la República Argentina, a través de las
distintas herramientas que se disponen en la presente ley;
b) Promover la edición de libros, revistas y publicaciones que sean
impulsados por artistas gráficos, en formato papel y en soporte digital;
c) Propiciar la preservación del patrimonio histórico generado por los artistas gráficos;
d) Custodiar, exhibir y entender en la adquisición de obras originales
y colecciones significativas del patrimonio gráfico nacional;
e) Preservar donaciones de obras y colecciones de particulares, instituciones públicas o privadas;
f) Llevar a cabo exposiciones permanentes, especiales e itinerantes de artistas gráficos argentinos o extranjeros;
g) Estimular la enseñanza y contribuir a la capacitación y
perfeccionamiento de los artistas gráficos en todas sus expresiones y
especialidades;
h) Generar planes de estudios y proyectos de investigación sobre las
artes gráficas en general y nacionales en particular, por sí o a través
de convenios con instituciones de reconocida trayectoria;
i) Celebrar convenios y acuerdos que resulten conducentes para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Enumera las funciones del INAG como organismo rector: promover y estimular las artes gráficas en todo el país, impulsar la edición de libros y publicaciones en papel y digital, preservar el patrimonio histórico del sector, custodiar y exhibir obras, organizar exposiciones, fomentar la enseñanza y capacitación, generar planes de estudio e investigación y celebrar convenios.