Ley 27.074

Artículo 3Cesión de bienes muebles e inmuebles

Texto oficial

Cesión de bienes muebles e inmuebles. El Poder Ejecutivo nacional está facultado para gestionar y aceptar del Poder Ejecutivo de la provincia de Misiones y de la Municipalidad de San Vicente, y también de instituciones oficiales y privadas, situadas en el país o en el exterior, así como de particulares, la cesión de bienes muebles e inmuebles que integrarán el patrimonio de la UNAU.

Qué significa en la práctica

Faculta al Poder Ejecutivo nacional a gestionar y aceptar la cesión de bienes muebles e inmuebles —de la provincia de Misiones, del municipio de San Vicente, de instituciones públicas o privadas del país o del exterior, y de particulares— que pasarán a integrar el patrimonio de la UNAU.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 27.074 completaLeyes