Ley 27.094

Artículo 9Reglamento interno

Texto oficial

La comisión que por la presente se crea dictará el reglamento para su funcionamiento interno. A los fines administrativos, será de aplicación supletoria lo normado en el reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

Qué significa en la práctica

La comisión dicta su propio reglamento de funcionamiento; a los fines administrativos se aplica supletoriamente el reglamento de la Cámara de Diputados.

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