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Ley 27.105

VigenteNacional

San Antonio de Areco, Capital Nacional de la Tradición

Sanción:17 de diciembre de 2014BO:29 de enero de 2015Ver fuente oficial
2artículos
Capitales nacionalesTradición gauchescaTurismoProvincia de Buenos Aires
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

San Antonio de Areco, en el norte de la provincia de Buenos Aires, es el pueblo que la cultura argentina asocia con la tradición gauchesca: allí se celebra cada año la Fiesta de la Tradición y allí transcurre "Don Segundo Sombra", de Ricardo Güiraldes. La Capital Nacional de la Tradición (San Antonio de Areco) formaliza ese reconocimiento y lo declara Capital Nacional de la Tradición. La ley tiene dos artículos y ningún efecto exigible: no transfiere fondos, no crea un organismo ni obliga a nadie. Su valor es de posicionamiento —el municipio puede usar el título como marca en su promoción turística y cultural— y de reconocimiento simbólico del Congreso.

Objetivo

Reconocer oficialmente a San Antonio de Areco como el centro de referencia de la tradición gauchesca argentina.

Problema que resuelve

El vínculo entre San Antonio de Areco y la tradición gauchesca era un hecho cultural sin ningún reconocimiento formal del Estado nacional.

A quiénes alcanza

Municipio de San Antonio de ArecoComunidad tradicionalista y gauchescaSector turístico local
Análisis jurídico

Casos de uso

  • Usar el título en la promoción turística y cultural del municipio.
  • Verificar cuál es la norma que respalda la denominación.

Preguntas frecuentes

El municipio de San Antonio de Areco, provincia de Buenos Aires (Art. 1).