Ley 27.106

Artículo 3Facultad de publicar en papel la obra de Spinetta

Texto oficial

Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a adoptar los mecanismos pertinentes para publicar en papel las obras musicales, autorales y compositivas más importantes de Luis Alberto Spinetta con el fin de ser distribuidas en las instituciones que considere oportunas.

Qué significa en la práctica

Habilita al Poder Ejecutivo a arbitrar los mecanismos para publicar en papel las obras musicales, autorales y compositivas más importantes de Luis Alberto Spinetta, con el fin de distribuirlas en las instituciones que considere oportunas. También acá se trata de una facultad: el Estado puede hacerlo, pero la ley no lo obliga ni fija plazos.

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