Artículo 1Interes publico de la agricultura familiar
Texto oficial
Declárase de interés público la agricultura familiar, campesina e indígena por su contribución a la seguridad y soberanía alimentaria del pueblo, por practicar y promover sistemas de vida y de producción que preservan la y procesos sostenibles de transformación productiva.
Qué significa en la práctica
Declara de interes publico la agricultura familiar, campesina e indigena por su aporte a la seguridad y soberania alimentaria.