Artículo 24Disolución de la Secretaría de Inteligencia
Texto oficial
Disuélvase la Secretaría de Inteligencia y transfiérase la totalidad del personal, bienes, presupuesto vigente, activos y patrimonio a la Agencia Federal de Inteligencia, con excepción de los bienes, presupuesto vigente, activos y patrimonio afectados a la Dirección de Observaciones Judiciales, que serán transferidos a la Procuración General de la Nación del Ministerio Público.
La Procuración General de la Nación del Ministerio Público podrá solicitar en comisión de servicios el personal necesario de la Agencia Federal de Inteligencia para garantizar el traspaso y funcionamiento de la Dirección de Observaciones Judiciales, hasta tanto el mismo cuente con el personal propio calificado para el desarrollo de sus funciones.
Corresponderá preservar y resguardar la totalidad de los bienes y activos transferidos de la Secretaría de Inteligencia a la Agencia Federal de Inteligencia.
El personal mantendrá sus respectivos niveles, grados y categorías de revista escalafonarios, sin perjuicio de la asignación de nuevas funciones derivadas de los sustanciales cambios previstos en esta ley.
Hasta que el Poder Ejecutivo nacional realice las adecuaciones presupuestarias pertinentes, el gasto de la Agencia Federal de Inteligencia y de la Dirección de Observaciones Judiciales será atendido con los créditos presupuestarios previstos para la Secretaría de Inteligencia en la Ley de Presupuesto 2015 de Presupuesto General de la Administración Nacional 2015.
Qué significa en la práctica
Disuelve la Secretaría de Inteligencia y transfiere su personal, bienes y presupuesto a la Agencia Federal de Inteligencia.