Relaciones con el Poder Ejecutivo. El Ministerio Público Fiscal de la Nación se relacionará con el Poder Ejecutivo nacional por intermedio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación o el que cumpla dichas funciones.
Quedan excluidas de las funciones del Ministerio Público Fiscal de la Nación la representación del Estado o del Fisco en juicio, así como el asesoramiento permanente al Poder Ejecutivo nacional. No obstante, el Poder Ejecutivo nacional, por intermedio del ministro correspondiente, podrá dirigirse al Procurador General de la Nación a fin de coordinar esfuerzos para hacer más efectiva la defensa de los intereses generales de la sociedad y la persecución penal.
La del Ministerio Público Fiscal de la Nación en el régimen de extinción de a favor del Estado Nacional queda incluida entre sus funciones. (Párrafo incorporado por art. 4° del Decreto N° 62/2019 B.O. 22/1/2019. Vigencia: a partir de la fecha de su publicación)
Qué significa en la práctica
El MPF se relaciona con el Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Justicia; no representa al Estado en juicio ni lo asesora de modo permanente, aunque puede coordinar esfuerzos, e interviene con en el régimen de extinción de .