Ley 27.148

Artículo 56Capacitación

Texto oficial

Capacitación. La capacitación es una condición esencial de desempeño y como tal constituye un derecho y un deber de todos los agentes del Ministerio Público Fiscal de la Nación. Comprende el acceso a actividades formativas y/o de actualización, tanto para mejorar el desempeño en la plaza laboral respectiva como para acceder a otras posiciones dentro del organismo. La capacitación que se brinde será integral, permanente y gratuita. Se ejecutará a través de recursos propios o por medio de convenios con instituciones públicas o privadas, todo ello en consonancia con las reglamentaciones específicas que para esta temática se dispongan.

Qué significa en la práctica

La capacitación es un derecho y un deber de todos los agentes del MPF, integral, permanente y gratuita, ejecutada con recursos propios o por convenios con instituciones públicas o privadas.

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