Ley 27.149

Artículo 4Organización funcional

Texto oficial

Organización funcional. El Ministerio Público de la Defensa se estructura jerárquicamente a fin de cumplimentar sus funciones específicas y para el diseño y ejecución de políticas sobre Defensa Pública y . La unidad de actuación no afecta la autonomía y especificidad propia del desempeño de los defensores públicos ni puede perjudicar a los asistidos o defendidos. Las recomendaciones generales e indicaciones particulares que se dicten en el ámbito del servicio de Defensa Pública tendrán como finalidad asegurar su ejercicio efectivo y adecuado.

Qué significa en la práctica

Se estructura de forma jerárquica para cumplir sus funciones, pero esa unidad no afecta la autonomía de cada defensor ni puede perjudicar al defendido.

Normas relacionadas

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