Ley 27.149

Artículo 60Apertura de la instancia

Texto oficial

Instancia. La instancia ante el Tribunal de Enjuiciamiento es abierta por decisión del Defensor General de la Nación o por denuncia, fundada en la invocación de las causales de remoción previstas en esta ley.

Qué significa en la práctica

La instancia ante el Tribunal se abre por decisión del Defensor General, o por denuncia, fundada en las causales de remoción.

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