Ley 27.155

Artículo 4Actividad de alto riesgo

Texto oficial

Actividad de riesgo. La actividad de los guardavidas es reconocida como una actividad de alto riesgo en función de sus características y del ámbito donde se desarrolla.

Qué significa en la práctica

Reconoce la actividad de los guardavidas como una actividad de alto riesgo, en función de sus características y del ámbito donde se desarrolla.

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