— Procedimiento sancionatorio. La
de la presente ley debe establecer el
procedimiento administrativo a aplicar en su para la
investigación de presuntas infracciones, asegurando el derecho de
defensa del presunto infractor y demás .
Queda facultada a promover la coordinación de esta función con los
organismos públicos nacionales intervinientes en el ámbito de sus áreas
comprendidas por esta ley y con las jurisdicciones que hayan adherido.
Así mismo, puede delegar en las jurisdicciones que hayan adherido la
substanciación de los procedimientos a que den lugar las infracciones
previstas y otorgarles su representación en la tramitación de los
recursos judiciales que se interpongan contra las sanciones que
aplique. Agotada la vía administrativa procederá el recurso en sede
judicial directamente ante la Cámara Federal de Apelaciones con
en materia contencioso-administrativa con en
el lugar del hecho. Los recursos que se interpongan contra la
aplicación de las sanciones previstas tendrán efecto devolutivo. Por
razones fundadas, tendientes a evitar un gravamen irreparable al
interesado o en resguardo de terceros, el recurso podrá concederse con
efecto suspensivo.
Qué significa en la práctica
La debe establecer el procedimiento administrativo para investigar las infracciones, asegurando el derecho de defensa. Puede delegar la tramitación en las jurisdicciones adheridas. Agotada la vía administrativa, procede el recurso ante la Cámara Federal de Apelaciones con contencioso-administrativa, con efecto devolutivo (o suspensivo por razones fundadas).