Ley 27.159

Artículo 4Funciones de la autoridad de aplicación

Texto oficial

Funciones. En el marco de la coordinación jurisdiccional establecida, la tiene las siguientes funciones: a) Promover la accesibilidad de toda la población a la resucitación cardiopulmonar y a la desfibrilación; b) Promover la concientización por parte de la población sobre la importancia de los lugares cardioasistidos y de la cadena de supervivencia; c) Promover el acceso de la población a la información sobre primeros auxilios, maniobras de resucitación cardiopulmonar básica y desfibrilación automática externa; d) Promover la instrucción básica de primeros auxilios, maniobras de resucitación cardiopulmonar básica y desfibrilación automática externa en el nivel comunitario; e) Coordinar la aplicación de la presente ley en el marco de la Comisión RCP - Argentina, de conformidad con la Ley 26.835 de promoción y capacitación en las técnicas de RCP básicas, para estudiantes de los niveles medio y superior; f) Determinar las pautas de acreditación para la capacitación del personal de los lugares establecidos, en técnicas de maniobras de resucitación cardiopulmonar básica y en el uso de los DEA; g) Determinar las pautas de capacitación de quienes participan en espectáculos deportivos, promoviendo la incorporación en los planes de estudio de contenidos referidos a resucitación cardiopulmonar básica y uso de los DEA, para los árbitros y el personal técnico auxiliar de los deportistas; h) Desarrollar un sistema de información y estadística de la morbimortalidad súbita y sus riesgos a nivel nacional; i) Promover en su ámbito y en su caso con las jurisdicciones, un registro en el que conste la ubicación de los desfibriladores, su correcta utilización y mantenimiento; j) Definir la cantidad de DEA según la determinación de los espacios públicos y privados de acceso público establecidos; k) Determinar el plazo de adecuación que tendrán los obligados por la presente ley, el que no podrá exceder de dos (2) años desde la promulgación de la presente ley; l) Definir la adecuación establecida en el inciso j), en forma gradual, de conformidad con la actividad principal que se lleve a cabo en los espacios públicos y privados de acceso público.

Qué significa en la práctica

Enumera las funciones de la autoridad: promover el acceso de la población a la RCP y la desfibrilación, la concientización y la instrucción en primeros auxilios; coordinar con la Comisión RCP-Argentina (Ley 26.835); acreditar capacitaciones y capacitar a quienes participan en espectáculos deportivos; desarrollar estadística de morbimortalidad súbita; llevar un registro de la ubicación de los DEA; definir la cantidad de DEA por espacio y fijar el plazo de adecuación, que no puede exceder los dos años desde la promulgación.

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