Ley 27.169

Artículo 7Orden público y entrada en vigencia

Texto oficial

La presente ley es de orden público y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Qué significa en la práctica

La ley es de orden público (sus normas no pueden dejarse de lado por acuerdo de partes) y rige desde su publicación en el Boletín Oficial, sin los ocho días de espera del régimen general.

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