Resumen ejecutivo
Un acuerdo de servicios aéreos es el tratado bilateral que dos Estados firman para habilitar y regular los vuelos comerciales entre ellos: qué aerolíneas pueden operar, qué rutas, con qué derechos de tráfico y bajo qué reglas de seguridad. Esta ley aprueba el acuerdo celebrado con los Emiratos Árabes Unidos en Abu Dhabi el 14 de enero de 2013, que consta de 22 artículos y un anexo, cuya copia autenticada en español e inglés integra la ley. Da la base jurídica para conectar por aire a la Argentina con los Emiratos Árabes Unidos. El texto completo del tratado no se reproduce en el articulado de la ley.Objetivo
Incorporar al derecho argentino el acuerdo bilateral de servicios aéreos con los Emiratos Árabes Unidos.Problema que resuelve
Sin un acuerdo bilateral, las aerolíneas de uno y otro país carecen de marco jurídico para operar servicios aéreos regulares entre ambos territorios.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes