Ley 27.198

Artículo 36Adelantos transitorios de Tesorería y ANSES

Texto oficial

— Fíjase en la suma de pesos sesenta mil millones ($ 60.000.000.000) y en la suma de pesos treinta y cinco mil millones ($ 35.000.000.000) los montos máximos de autorización a la Tesorería General de la Nación dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), respectivamente, para hacer uso transitoriamente del crédito a corto plazo a que se refieren los artículos 82 y 83 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional 24.156 y sus modificaciones.

Qué significa en la práctica

Fija en $60.000.000.000 (Tesorería General) y $35.000.000.000 (ANSES) los montos máximos de uso transitorio de crédito de corto plazo previstos en los Art. 82 — Administración Financiera.

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