Ley 27.198

Artículo 62Beneficio para importaciones de AySA

Texto oficial

— Las disposiciones prorrogadas por el artículo también serán de aplicación a las importaciones para consumo de bienes de capital y sus componentes, que se realicen como consecuencia de contratos vigentes celebrados con la sociedad Agua y Saneamientos Argentinos (AySA S.A.) (CUIT 30-70956507-5) para ser destinados únicamente a los proyectos y obras enumerados en dicho artículo con las limitaciones allí previstas. Las operaciones alcanzadas por este beneficio quedarán sujetas a los controles correspondientes.

Qué significa en la práctica

Extiende el beneficio del artículo anterior a las importaciones de bienes de capital y componentes de AySA S.A. destinados a las obras y proyectos allí enumerados, sujetas a los controles correspondientes.

Normas relacionadas

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