Artículo 1Prórroga del Impuesto sobre los Créditos y Débitos (impuesto al cheque)
Texto oficial
Prorrógase hasta
el 31 de diciembre de 2017, inclusive, la vigencia de los Art. 1 — Impuesto al Cheque y sus modificaciones.
Qué significa en la práctica
Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2017 la vigencia de los Art. 1 — Impuesto al Cheque, que crea el impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias (conocido como impuesto al cheque). Sin esta prórroga, el tributo habría caducado por vencimiento de su plazo original.