Ley 27.199

Artículo 4Prórroga del impuesto adicional sobre cigarrillos

Texto oficial

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2017, inclusive, la vigencia del impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos, establecido por la Ley 24.625 y sus modificaciones, y la distribución del producido del mencionado tributo prevista en el Art. 11 — Ley de reforma tributaria 1999 y sus modificaciones.

Qué significa en la práctica

Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2017 el impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos (Ley 24.625) y mantiene la distribución de esa recaudación prevista en el Art. 11 — Ley de reforma tributaria 1999.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 27.199 completaLeyes