Ley 27.217

Artículo 11Reglamento interno

Texto oficial

— La comisión que por la presente se crea dictará el reglamento para su funcionamiento interno. A los fines administrativos, será de aplicación supletoria lo normado en el reglamento de la Cámara de Diputados.

Qué significa en la práctica

La Comisión dicta su propio reglamento de funcionamiento interno; en lo administrativo se aplica supletoriamente el reglamento de la Cámara de Diputados.

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