Ley 27.227

Artículo 2Autoridad de aplicación: SENASA

Texto oficial

Será de la presente ley el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, a través del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria —SENASA— en el marco del Programa Nacional de Prevención y Erradicación de Lobesia botrana creado por la resolución del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria —SENASA—729/2010.

Qué significa en la práctica

La es el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, a través del SENASA, en el marco del Programa Nacional de Prevención y Erradicación de Lobesia botrana creado por la Resolución SENASA 729/2010.

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