Artículo 10Implementación sujeta a crédito presupuestario
Texto oficial
— La presente ley
se implementará una vez que se cuente con el crédito presupuestario
para la atención del gasto que su objeto demande, el que se imputará a
las partidas presupuestarias del Poder Judicial de la Nación, del
Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa,
respectivamente.
Qué significa en la práctica
La ley se implementará una vez que se cuente con el crédito presupuestario para atender el gasto que demande, a las partidas del Poder Judicial de la Nación, del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa.