Las autoridades
nacionales estarán facultadas para celebrar convenios o acuerdos que
lleven a una coordinación y colaboración con los gobiernos provinciales
en materia de acuicultura, así como con otros países. En este último
caso, con la participación que le corresponda al Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto. Podrán participar activamente de la Red
de Acuicultura de las Américas, de la cual la República Argentina forma
parte a través de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de
Agricultura, Ganadería y Pesca (MAGyP). Asimismo, el mencionado
ministerio designará a sus representantes para que concurran a las
reuniones que se desarrollen en foros internacionales sobre el
tratamiento de temas acuícolas que sean considerados estratégicos y de
importancia nacional, relacionados con la actividad.
Qué significa en la práctica
Faculta a las autoridades nacionales a celebrar convenios con las provincias y con otros países (con intervención de la Cancillería) y a participar en la Red de Acuicultura de las Américas, a través de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, y en los foros internacionales sobre temas acuícolas estratégicos.