Ley 27.260

Artículo 96Vigencia

Texto oficial

Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Qué significa en la práctica

La ley entra en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Normas relacionadas

← Ver en Reparación Histórica / Sinceramiento Fiscal completaLeyes