Ley 27.262

Artículo 4Desinsectación de camiones y vagones

Texto oficial

Los camiones y vagones utilizados para el transporte de granos y semillas, y sus productos y subproductos, deberán ser desinsectados con posterioridad a cada operación de descarga. La reglamentación establecerá la metodología y los plazos correspondientes.

Qué significa en la práctica

Los camiones y vagones usados para transportar granos y semillas deben desinsectarse después de cada descarga. La reglamentación fija la metodología y los plazos.

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