Ley 27.263

Artículo 2Definiciones

Texto oficial

A los efectos del presente régimen, se entenderá: Por plataforma: a un ensamble primario estructural portador de carga de un vehículo automotor, que determina el tamaño básico de ese vehículo y conforma la base estructural que soporta el tren motriz, y sirve de unión del vehículo automotor en diversos tipos de bastidores, tales como para montaje de carrocería, bastidor dimensional o carrocería unitaria. Por plataforma nueva: a una plataforma que inicie su producción como resultado de una inversión relevante en activos fijos, rediseño de procesos y productos, obra civil y desarrollo de proveedores locales, alcanzando una escala de producción óptima del bien que se trate. Para que una plataforma de producción sea considerada nueva deberá involucrar una inversión mínima de cincuenta millones de dólares estadounidenses (U$s 50.000.000) en los casos de los incisos a), b) y c) del artículo 4º, y de veinte millones de dólares estadounidenses (U$s 20.000.000) para el inciso d) del artículo 4º. Sin perjuicio de lo anterior, la dictará las normas aclaratorias y los criterios que sean necesarios. Por plataforma exclusiva: aquella cuya producción se desarrolla dentro del Mercado Común del Sur (Mercosur), únicamente en la Argentina. Por motores y cajas de transmisión: los bienes incluidos en el listado que a tal efecto elabore la . Por autopartes: las partes, piezas, subconjuntos, conjuntos y sistemas integrantes del vehículo o autoparte beneficiados incluidos en el listado que a tal efecto elabore la . Por autopartes nacionales: aquellas que cumplen con las condiciones establecidas en el artículo 16 de la presente ley. Por empresas terminales: aquellas empresas que producen los bienes incluidos en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 4º de la presente ley. Por autopartistas: aquellas empresas que producen los bienes incluidos en los incisos g), h) e i) del artículo 4º de la presente ley y sus partes y piezas, independientemente del destino de aplicación de éstos. Por componentes producidos in house: aquellos componentes que son producidos directamente por las empresas terminales o autopartistas.

Qué significa en la práctica

Define los términos clave del régimen: plataforma; plataforma nueva (exige una inversión mínima de USD 50 millones, o USD 20 millones para el inciso d del art. 4); plataforma exclusiva (producida en el Mercosur únicamente en Argentina); motores y cajas de transmisión; autopartes; autopartes nacionales (las que cumplen el art. 16); empresas terminales; autopartistas; y componentes producidos in house.

Normas relacionadas

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