Ley 27.268

Artículo 1La casa de Jorge Luis Borges en Adrogué, bien de interés histórico nacional

Texto oficial

Declárase Bien de Interés Histórico Nacional, en los términos de la Ley de Monumentos Históricos, a la casa donde viviera el escritor Jorge Luis Borges, sita en la calle Diagonal Brown N° 301, de la ciudad de Adrogué, partido de Almirante Brown, provincia de Buenos Aires.

Qué significa en la práctica

Declara bien de interés histórico nacional, en los términos de la Ley de Monumentos Históricos, a la casa donde vivió el escritor Jorge Luis Borges, ubicada en Diagonal Brown N° 301 de Adrogué, partido de Almirante Brown, provincia de Buenos Aires. La declaración no expropia el inmueble ni cambia su titularidad: lo somete al régimen nacional de protección del patrimonio, que impide alterarlo, refaccionarlo o demolerlo sin intervención de la autoridad de monumentos.

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