Artículo 21Vigencia y cronograma de implementación
Texto oficial
La presente ley entrará en vigencia el día siguiente al
de su publicación oficial y su implementación se efectuará de
conformidad con el cronograma que establezca la Comisión Bicameral de
Monitoreo e Implementación del Nuevo Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal de la Nación
que funciona en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación, previa
consulta al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a través de la
Secretaría de Justicia y al Presidente del Consejo de la Magistratura.
Qué significa en la práctica
La ley entra en vigencia el día siguiente al de su publicación oficial, pero su implementación efectiva se hace según el cronograma que fije la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Nuevo Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal, previa consulta al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (a través de la Secretaría de Justicia) y al Presidente del Consejo de la Magistratura. Por eso el juicio unipersonal en el federal y en el penal económico empezó a aplicarse el 1° de marzo de 2017.