Ley 27.313

Artículo 1Declaración de monumento histórico nacional de la casa de Don Avelino Rolón

Texto oficial

Declárase monumento histórico nacional, en los términos de la Ley de Monumentos Históricos, a la casa de Don Avelino Rolón, ubicada en la “Quinta Santa Rita”, en la intersección de las calles Lamadrid y Gorriti en la localidad de Boulogne Sur Mer, partido de San Isidro de la provincia de Buenos Aires.

Qué significa en la práctica

Declara monumento histórico nacional, en los términos de la Ley de Monumentos Históricos, a la casa de Don Avelino Rolón, ubicada en la “Quinta Santa Rita”, en la intersección de las calles Lamadrid y Gorriti, en Boulogne Sur Mer, partido de San Isidro, provincia de Buenos Aires. Al quedar sometida a la Ley de Monumentos Históricos, la vivienda pasa a la custodia y conservación del gobierno federal —en concurrencia con las autoridades bonaerenses— y no puede ser demolida, reparada, restaurada, transferida ni gravada sin aprobación o intervención de la Comisión Nacional.

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