Artículo 2Organismo encargado de instrumentar la ley
Texto oficial
La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares
Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación,
instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Encomienda a la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentar todo lo atinente al cumplimiento de la ley: es la autoridad que incorpora el edificio al registro de monumentos y que debe intervenir en cualquier obra que lo afecte.