Ley 27.326

Artículo 3Facultad del Poder Ejecutivo para disponer actividades y difundirlas

Texto oficial

Facúltese al Poder Ejecutivo nacional para disponer en los distintos ámbitos de su la implementación de actividades específicas y realizar la más alta difusión de las mismas, con idéntico fin que lo dispuesto en el artículo 2° de esta ley.

Qué significa en la práctica

Faculta al Poder Ejecutivo nacional a disponer, en los distintos ámbitos de su , la implementación de actividades específicas y a darles la más alta difusión, con el mismo fin conmemorativo del artículo 2°. A diferencia del artículo anterior, esto es una facultad —puede hacerlo—, no un deber.

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