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Ley 27.329
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Art. 13
Ley 27.329
Artículo 13
Plazo de reglamentación
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Texto oficial
— El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días de la fecha de entrada en vigencia.
Qué significa en la práctica
El Poder Ejecutivo nacional debe reglamentar la ley dentro de los 90 días de su entrada en vigencia.
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