Ley 27.329

Artículo 13Plazo de reglamentación

Texto oficial

— El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días de la fecha de entrada en vigencia.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo nacional debe reglamentar la ley dentro de los 90 días de su entrada en vigencia.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 27.329 completaLeyes