Ley 27.336

Artículo 2Cargo: preservar el edificio y destinarlo al Museo Nacional del Folclore

Texto oficial

La transferencia dispuesta en el artículo se efectúa con cargo a que la beneficiaria preserve el patrimonio arquitectónico del edificio y lo destine a la construcción del ‘Museo Nacional del Folclore’ y otros espacios de interés cultural. Deberá, además, mantener un lugar que contenga una estación sanitaria.

Qué significa en la práctica

La transferencia se hace con cargo. La Municipalidad debe preservar el patrimonio arquitectónico del edificio (no puede demolerlo ni desfigurarlo) y destinarlo a la construcción del ‘Museo Nacional del Folclore’ y a otros espacios de interés cultural. Además, tiene una adicional: mantener dentro del predio un lugar que contenga una estación sanitaria.

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