Ley 27.348

Artículo 23Mandato de texto ordenado

Texto oficial

El Poder Ejecutivo deberá, dentro del plazo de seis (6) meses contados desde la vigencia de la presente ley, elaborar un texto ordenado de las leyes 24.557, 26.773 y de la presente.

Qué significa en la práctica

Ordena al Poder Ejecutivo elaborar, dentro de seis meses, un texto ordenado de las leyes 24.557, 26.773 y de la presente.

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