Ley 27.349

Artículo 6Requisito común de inscripción

Texto oficial

Requisito común. En todos los casos de inscripción ante el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor, los solicitantes y los inversores en capital emprendedor deberán encontrarse en el curso normal de cumplimiento de sus obligaciones impositivas y previsionales y dar cumplimiento con las demás normativas aplicables en materia de prevención de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo y otras actividades ilícitas.

Qué significa en la práctica

Fija el requisito común que deben cumplir los solicitantes e inversores al inscribirse.

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